martes, 8 de junio de 2010

Cálculo de la nota media en Bachillerato

1.- Disposición adicional primera, apartado 3 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE de 6 de noviembre):

"...La nota media será la media aritmética de las calificaciones de todas las materias, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior".

2.- Artículo 8.3 de la Orden de 24 de septiembre de 2008, por la que se regulan para la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la implantación y desarrollo del bachillerato (BORM de 1 de octubre):

"Todas las materias cursadas y superadas computarán a efectos del cálculo de la nota media del bachillerato, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 9.6 de la presente Orden"

3.- Artículo 9.6 de la misma Orden:

"...la evaluación de la enseñanza de Religión se realizará en los mismos términos y con los mismos efectos que la de las otras materias de bachillerato. No obstante, su calificación no computará para obtener la nota media a efectos de acceso a la Universidad u otros procesos selectivos que dependieran de la misma."

[Héctor Nicolás]

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